COMENTARIO Fiscalía dice !Sí hubo tortura a campesinos!
COMENTARIO Fiscalía dice !Sí hubo tortura a campesinos!
Vamos hacer un recuento de lo sucedido con las poblaciones campesinas de Piura, el mes de agosto del año 2005, se realiza una marcha campesina al campamento de la minera Majaz, hoy Río Blanco. La DINOES recibe la orden de reprimir la marcha y detiene a muchos campesinos y campesinas, quienes son torturados, dentro de ellos estaba el periodista Julio Vásquez, en este hecho lamentable muere Melanio García por acción de la DINOES, en esta represión también participa personal de FORZA, empresa de seguridad de la Minera.
En el 2008, la coordinadora de Derechos Humanos, reunió pruebas que apuntaban la responsabilidad de policías que torturaron a campesinos, por protestar contra la minera Majaz, hoy Río Blanco, también responsabiliza a los gerentes de la minera de quienes se tiene indicios de haber coordinado con la policía que resguardaba el campamento minero.
Los campesinos permanecieron 72 horas detenidos en contra de su voluntad, víctimas de torturas, (maltratos físicos, humillaciones, amenazas de muerte, acoso sexual en las mujeres, todo dentro del campamento que opera la minera (Herry’s Hill )
Se le encarga al Fiscal Felix Toledo Leyva, para que investigue el caso; pero no dispuso la investigación de estas torturas, por ese motivo la fiscalía anuló la resolución del fiscal Toledo, por que se encontró pruebas suficientes de esta violación a los derechos humanos por la policía y la minera Río Blanco, por lo que se volverá a dar una nueva resolución.
La resolución de la Fiscalía Suprema señala que dicho ex Magistrado, en su condición de Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Huancabamba, sí tenía obligación legal de dar cuenta a la autoridad competente, entre ellos a la policía y la Fiscalía Superior correspondiente, de los actos criminales que se suscitaron dentro del referido campamento minero.
En efecto, según el cargo que ostentaba, era de su competencia funcional dar a conocer la noticia criminal y al mismo tiempo disponer se inicie una investigación preliminar por las torturas que se infringieron a los campesinos, arbitrariamente detenidos. En la citada resolución se precisa que al tratarse de un delito de lesa humanidad -el que fue denunciado por los campesinos- dicho fiscal debió dar cuenta a la Fiscalía Superior Penal, con competencia nacional para este tipo de delitos, la misma que existe desde el año 2004, es decir desde un año antes de ocurridos los hechos.
En tal sentido, se hace incuestionable que Félix Toledo Leyva no cumplió con sus obligaciones funcionales, ni actuó como debía, con imparcialidad, veracidad e independencia en la defensa de la legalidad y correcta administración de justicia en el desempeño de sus labores.
En atención a ello, el Fiscal Supremo sostiene que la resolución expedida por la Fiscal Superior de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Piura-Tumbes, que declaraba infundada la denuncia se apoyó en argumentos que no tienen fundamento, relación lógica con las pruebas aportadas por los denunciantes y agraviados.
Por ello, ha ordenado que se expida una nueva resolución con arreglo a ley, lo que en buena cuenta quiere decir que su conclusión debe fundamentarse en las pruebas actuadas durante la investigación (declaraciones, documentos y fotos que corroboran la presencia del ex fiscal en el campamento minero y su conocimiento de los hechos).
Roxana Robles Ramos
Comunicadora de Chami Radio 1140, con información de FEDAPAZ






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